jueves, 26 de octubre de 2017

PRECAUCIONES A TOMAR EN CASO DE SER ALÉRGICO A ALGÚN TIPO DE ALIMENTO


  • “Evitar el alimento.
  • Preguntar por los ingredientes.

Es muy importante familiarizarse con los nombres técnicos o científicos (por ejemplo, la leche puede no aparecer como ingredient en una etiqueta, pero ésta sí que puede indicar la presencia de caseina –proteina de la leche-, caseinato sódico o sólidos de leche).
Actualmente, cada vez más se intent a que se indiquen todos los ingredients alimentarios en las etiquetas para así hacer más fácil la elección de las personas con alergias.
  • Estar preparado para emergencias.

Se recomienda a las personas que han presentado una anafilaxis que suprimas estrictamente el alimento que la desencadenó (deben llevar consigo y saber cómo usar la epinefrina inyectable y los antihistamínicos en caso de ingestion accidental)”.

Referencia Bibliográfica:

[1] Rosas, M. Alergia e Intolerancia Alimentaria. Ámbito Farmacéutico. Nutrición. Vol. 25- Número 7. p.p. 52-59. (Julio 2006). [Internet]. Disponible en: http://www.elsevier.es/es-revista-offarm-4-articulo-alergia-e-intolerancia-alimentaria-13090873?referer=buscador

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¿CÓMO SABER SI ERES ALÉRGICO?



“El primer paso para llegar a un diagnóstico fiable es conseguir un historial detallado sobre los antecedentes médicos del paciente y de sus familiares. Hay que prestar especial atención al tipo de síntomas, su frecuencia y a si se dan cuando se consumen determinados alimentos. También se debe realizar un reconocimiento físico completo del paciente. Después, se pueden utilizar los siguientes métodos para detectar la enfermedad:
Pruebas Cutáneas.
Tomando como base el historial dietético, se incluyen en el panel utilizado para las pruebas cutáneas los alimentos que se sospecha que pueden causar reacciones alérgicas. El valor de este tipo de pruebas es objeto de controversia y no se puede considerar que los resultados tengan una fiabilidad del 100%. Las pruebas consisten en colocar sobre la piel extractos de determinados alimentos, que se pinchan o se escarifican en la piel para observar si hay reacciones de escozor o hinchazón.
Dietas basadas en la eliminación de alimentos.
Las dietas de eliminación consisten en suprimir de ellas el alimento o la combinación de alimentos que están bajo sospecha durante las dos semanas anteriores a la estimulación alimentaria. Si desaparecen los síntomas durante este período, se vuelven a añadir a la dieta los alimentos eliminados, en pequeña cantidades que se incrementan gradualmente hasta que se alcanza un consumo normal. Una vez verificados todos los alimentos que estaban bajo sospecha, se puede evitar consumir aquellos que hayan causado problemas.
Pruebas Rast (Radioalergosorbentes).
Estas pruebas consisten en mezclar en una probeta pequeñas muestras de la sangre del paciente con extractos de alimentos. En caso de una alergia real, la sangre produce anticuerpos que pueden detectarse, para combatir la proteína extraña. La prueba sólo sirve como indicación de que existe una alergia y no determina el grado de sensibilidad al alimento causante.
Prueba de estimulación alimentaria a doble ciego.
En esta prueba de alergia se coloca el alérgeno bajo sospecha en una cápsula o se esconde en un alimento y se da de comer al paciente en condiciones clínicas estrictas. Estas pruebas permiten que los médicos especializados en alergias e intolerancias alimentarias identifiquen la mayoría de los alimentos y componentes alimenticios que causan efectos adversos”1.

Referencia Bibliográfica:

[1] Arasa, F. Y García, S. Intolerancias Alimentarias más comunes. La Farmacia Práctica. Salud en Equipo. (PDF). Vol. 29-Número 5. p.p. 91-98. (Septiembre-Octubre 2010). [Internet]. Disponible en: http://www.elsevier.es/es-revista-offarm-4-articulo-intolerancias-alimentarias-mas-comunes-X0212047X10556331
                                               
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sábado, 21 de octubre de 2017

LEY DE INFORMACION SOBRE ALÉRGENOS EN LOS ALIMENTOS



“La nueva Ley de Información Alimentaria (Alérgenos), recogida en el Reglamento Europeo 1169/2011 establece que todas las empresas operadoras de colectividades tendrán que informar de los alérgenos que contengan sus platos. A continuación, podrás consultar toda la información relevante para tu negocio.

¿Cuál es el objetivo de la nueva ley?

Informar al consumidor sobre los ingredientes que puedan causar alergias o intolerancias, y que formen parte de los platos del menú o carta.

¿Quién debe cumplir la nueva ley?

Una de las principales novedades es que esta información aplica también a los alimentos no envasados, es decir, restaurantes, bares, caterings, comedores públicos (colegios, hospitales…) y máquinas expendedoras.

¿Cuándo entra en vigor?

Desde el 13 de diciembre del 2014 está aplicándose.

¿Cuáles son los alérgenos de los que se debe informar?


El Reglamento recoge un listado de 14 sustancias alergénicas que deben indicarse de forma clara, incluso cuando exista la posibilidad de contaminación cruzada por trazas de éstas. Los alimentos son los siguientes:


(Nota: haz click en las imágenes para que puedas observar mejor la descripción de los alimentos.)

¿Cómo puedes hacerlo?

La información alimentaria (incluidos alérgenos) pueden ponerse a disposición del consumidor a través de varios soportes: papel, soporte informático o de forma oral. Lo mas recomendable es ponerlo escrito en el menú.

¿Qué pasa si no cumples con la nueva ley de alérgenos?

Puedes conllevar sanciones para el establecimiento”1.


Referencia Bibliográfica:

[1] Makro España 2017. Nueva Ley de Información Alimentaria (Alérgenos). [Internet]. Disponible en: https://www.makro.es/servicios/alergenos/nueva-ley-alergenos

                                               
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